CUARTA PRISIÓN PERMANENTE EN BALEARES

Cadena perpetua para el monstruo portugués de la Colònia de Sant Jordi

el monstruo portuguès

El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado una sentencia contundente contra Vítor Aníbal Temporao Martins, el ciudadano portugués que mató a patadas a su exsuegra, Erika Helene Rohrig, de 74 años. Los hechos, tipificados como asesinato con alevosía y ensañamiento, ocurrieron en el domicilio de la víctima el 25 de septiembre de 2024. La resolución judicial establece además una motivación machista, al confirmar que el agresor actuó bajo un contexto manifiesto de dominación y desprecio hacia la mujer.

El dictamen judicial ratifica de forma íntegra el veredicto emitido de manera unánime por el jurado popular el pasado 14 de mayo. El tribunal considera probado que el acusado esperó a la víctima en el porche de su vivienda, ubicada a las afueras de la Colònia de Sant Jordi, una localización aislada que impidió que los vecinos pudieran socorrerla. Tras abordarla y derribarla, la víctima quedó inmovilizada boca abajo en el suelo. El agresor aprovechó esta total indefensión para propinarle de forma continuada fuertes patadas con el talón en la cabeza durante aproximadamente quince minutos, provocándole traumatismos craneales severos que desencadenaron su fallecimiento.

La sentencia destaca de manera especial la situación de extrema vulnerabilidad de la mujer, derivada tanto de su avanzada edad como de un delicado estado de salud que requería tratamiento médico con fentanilo y tramadol para paliar dolores crónicos. El magistrado ponente subraya que la conducta del procesado buscó deliberadamente un sufrimiento inhumano e innecesario. Este ensañamiento quedó además reflejado en el hecho de que el agresor realizó una llamada telefónica a la hija de la víctima mientras ejecutaba la agresión, obligándola a escuchar el suceso a distancia.

La resolución descarta que el condenado actuara bajo los efectos del alcohol, basándose en los testimonios clave del juicio, entre ellos el de un vecino que presenció los golpes y el de la propia hija de la fallecida, quien describió el clima de terror diario en el que vivían. Además de la pena de prisión permanente revisable, la justicia impone al acusado la prohibición de residir en Mallorca y de comunicarse con la hija de la víctima durante los diez años posteriores al cumplimiento de la condena, fijando una indemnización de 300.000 euros por daños morales.

Detalles del dictamen judicial

📢 Cambio principal: El tribunal impone la pena máxima del Código Penal por un delito de asesinato con ensañamiento y agravante de género.

📍 Sujetos afectados: El entorno familiar de la víctima recibe una compensación económica mientras se asegura el alejamiento geográfico del agresor.

🛠️ Acción práctica: La sentencia sienta un precedente firme en la persecución de delitos violentos ejercidos sobre personas en situación de dependencia o vulnerabilidad extrema en el ámbito familiar.

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